Por Kike Dordal*
(especial para La Tecl@ Eñe)
No es posible recuperar la
soberanía en todas sus formas – económica, geográfica, política,
comunicacional, de recursos, etc. – sin enfrentar a los grandes poderes
económicos que se han ido apoderando de cada una de ellas a los largo de muchos
años. Tampoco resulta posible tal recuperación sin antes redistribuir los
recursos económicos, humanos y naturales enajenados por los mismos poderes en
igual período de tiempo.
Surge entonces una importante pregunta. Si acordamos como objetivo la
recuperación de la soberanía e independencia como herramientas para disponer y
poner todos los recursos en beneficio de nuestro pueblo, en una relación de
equidad e igualdad de derechos, en el camino hacia el objetivo resulta
imperioso preguntarse, ¿es posible dar esta batalla en todos sus frentes en
forma simultánea?, o resulta más acorde con la lógica enfrentar los poderes en
forma sectorial, como si fuesen independientes uno de otros.
El análisis del trayecto recorrido hasta la aprobación de la Ley 26.522 de
Servicios de Comunicación Audiovisual es un buen ejemplo para comenzar a
responder los interrogantes. Hagamos un poco de historia.
A partir de la conquista de la democracia, y antes en forma clandestina,
numerosas organizaciones vinculadas de una u otra manera a la comunicación
comenzaron una difícil lucha para obtener un marco regulatorio que proteja a
los sectores sociales y ponga a su servicio los Medios de Comunicación. Pero
los aparatos comunicacionales fueron reemplazando gradualmente a las fuerzas
armadas en su rol de custodios de los intereses económicos corporativos y de esta manera la
correlación de fuerzas se inclinó, casi verticalmente, hacia los sectores de
poder.
Desde las obscuras negociaciones sobre Papel Prensa que permitieron dominar
el mercado del papel en la argentina, la creación de la Agencia DyN,
posteriormente el acceso a los canales de televisión por aire y finalmente la
producción y distribución de la televisión por cable y satelital, concluyeron
en poner en manos de los principales intereses económicos de la Argentina y del
mundo, más del 80 % de los servicios de comunicación e información que los
argentinos pueden consumir. Del dominio del terror se trasladó la estrategia
hacia el “dominio de conciencias”.
La organización social, la politización de la sociedad, la lucha y el amor
hacia el pueblo comenzaron un durísimo trabajo de “desinclinación” del terreno
para volver a ponerlo a favor de su legítimo dueño: El Pueblo. Ni la gente, ni
los ciudadanos, la palabra pueblo no excluye a nadie, solo permite que se quede
afuera aquél que no considera esencial para su vida el acceso a lo público.
Así pasamos a innumerables proyectos que descansaron cómodamente en nuestro
parlamento mientras, la lucha iba creando la correlación de fuerzas necesaria
para empujar una ley. Aquí debemos hacer especial mención a la Coalición por
una Comunicación Democrática que, integrada por organizaciones de los más
diversos orígenes, supo siempre tener claro su norte y luego de interminables
jornadas de trabajo y debate, se acordaron los “21 puntos básicos” que fueron
la piedra fundamental en la construcción y consolidación de nuestra democracia
y libertad. Pero aún así, el camino
sería largo y áspero.
El 21 de mayo de 2005, ya con los 21 puntos presentados, el entonces
Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, mediante el Decreto N° 527 dispone
una prórroga por 10 años a las licencias de radio y TV. En el marco de lucha
que se estaba dando, parecía no sólo una burla hacia las organizaciones, sino
también una entrega definitiva a los intereses dominantes. Lo cierto es que, en
aquel momento, la fuerza construida para enfrentar la gran concentración
económica resultaba más que insuficiente, por tal razón, haberla intentado en
ese momento sí hubiese significado una entrega. Muy pocos pudieron ver con esta
profundidad y claridad, el Presidente fue uno de esos pocos. Sabía que debía
enfrentarse al monopolio mediático tarde o temprano, pero también sabía que no
era tiempo. El Decreto 527 y Alberto Fernandez fueron los protectores de una
derrota inevitable.
El primer gran enfrentamiento, o en realidad, ensayo sería más preciso, fue
el conflicto con la patronales agropecuarias por la Resolución 125. El rol que
necesariamente debieron asumir los concentrados medios de comunicación para no
ver alterados sus principales intereses económicos, permitió, ni más ni menos, que
la visibilización por parte de sectores muy distraídos y manipulados de la
sociedad, del claro posicionamiento político de estos medios, en íntima
relación con sus intereses empresariales. Ese sector social vio vulnerado algo
que, hasta ese momento era sagrado: La credibilidad. Los poderes económicos
sintieron, por primera vez en la historia, que la impunidad que les otorga el
olvido y la manipulación informativa, comenzaba su decadencia. Algo se había
roto.
La decisión política de Cristina Fernández de levantar el guante de los 21
puntos se vio plasmada el 18 de marzo de 2009 en el Teatro Argentino de La Plata, casi un año después de aquel 11 de marzo de
2008 cuando se desató la lucha por la 125. Nuevos aires soplaban entre quienes
ya añosos y acompañados de todas las generaciones posteriores, sostenían la
imperiosa necesidad de democratizar la información y acabar con los monopolios
de comunicación. Otro largo año transcurriría hasta aquella madrugada del 10 de
octubre de 2009, momento en el que 44 senadores levantaron su mano en forma
afirmativa mientras que 24 dijeron que no y 4 estuvieron ausentes. La alegría
ya no era solo brasilera.
“Nadie suelta un privilegio por las buenas” decía un profesor de historia,
y tenía razón. Pocos días después de
promulgada la flamante y más esperada ley de la democracia, el Grupo Clarín
presenta un recurso de inconstitucionalidad de varios artículos,
fundamentalmente aquellos que atentaban contra su oscuro patrimonio. El 7 de
diciembre de 2009 se notifica de una medida cautelar que impide aplicar esos
artículos cuestionados contra el grupo. Ante el silencio de la justicia frente
a la cuestión de fondo – la inconstitucionalidad – y la prolongación de la
medida cautelar, la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece un plazo
concreto de vigencia de la medida cautelar, dicta tres años a partir del inicio
de la misma, es decir el 7 de diciembre de 2012. A pesar de esto, horas antes
del vencimiento de la cautelar las “gestiones del poder” consiguieron que la
Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial
Federal, integrada por los jueces Francisco de las Carreras – recusado por los
“viajes” financiados por el grupo - y
Susana Najurieta – esposa de un abogado del buffet del monopolio -, decidiera,
casi escandalosamente, extender la
medida cautelar hasta que se solucione la cuestión de fondo.
Sin entrar en detalle sobre la lucha por el nombramiento y/o competencia de
los jueces intervinientes y el poco ilustre papel del Consejo de la
Magistratura en su específica función, porque haría innecesariamente extenso
este trabajo, lo cierto es que siete días después, el viernes 14 de diciembre
de 2012 el juez federal del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso,
declaró constitucionales los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual que habían sido cuestionados. Con lo cual todo indicaba que el
lunes siguiente la ley estaría en plena vigencia. Pero no fue tan así. O bien
por falta de claridad en el fallo o por pericia de los letrados en la
interpretación de los mismos no estaba claro si, una vez apelada la medida, la
ley era suspendida o no. El mismo juez se encargó de aclararlo, se suspende su
aplicación.
Dejando de lado detalles y vericuetos jurídico-legales, entre la apelación
del grupo monopólico presentada ante el juez Alfonso, el recurso extraodinario
aceptado por la Cámara y la solicitud de “per saltum” del gobierno,
definitivamente todo está en manos de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación. El presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti y los
ministros Carlos
Fayt, Elena Highton de Nolasco, Enrique
Petracchi , Juan Carlos Maqueda y Eugenio
Zaffaroni deberán decidir, en un plazo que no contradiga sus propias
resoluciones, cuál es el destino de la ley 26.522 y con ella gran parte de la
lucha del pueblo Argentino.
Escenarios Posibles:
·
La
Corte suspende la cautelar con lo cual la ley entra en vigencia inmediatamente
independientemente de la resolución de la cuestión de fondo.
·
La
Corte ratifica la cautelar pero acepta el “per saltum” y en poco tiempo define
la cuestión de fondo. No más de febrero de 2012.
·
La
Corte ratifica la cautelar y rechaza el “per saltum”, este sería el peor de los
escenarios, ya que la Cámara podría tomarse meses en resolver la cuestión de
fondo y mientras tanto seguirían suspendidos los artículos cuestionados.
De los escenarios posibles La Corte optó por el peor, el que más se
contradice con su propio fallo del 22 de mayo de 2012. En primer lugar y en
sólo 5 líneas, rechazó, en forma unánime, el pedido de “per saltum” elevado por
el gobierno respecto de la cuestión de fondo argumentando, principalmente,
fallas técnicas en la presentación respecto de los términos establecidos por la
reciente ley. En segundo lugar también rechazó el recurso extraordinario
interpuesto por el ejecutivo nacional en referencia a la continuidad de la
cautelar, ratificando la misma hasta que la Cámara resuelva sobre la
constitucionalidad de los artículos 161 y 45, sólo exige “premura” en la
resolución de la Cámara y lo único que deja claro es que el plazo de
desinversión está vencido. No estableció ningún plazo concreto ni se expidió
con la misma determinación que lo hizo con el juez Alfonso. Será Justicia.
Retomando el concepto de soberanía, si bien es cierto que la resolución de
este enfrentamiento con los poderes económicos concentrados en el terreno de la
justicia es fundamental, no es el único requisito para la plena vigencia de la
ley. El trabajo del órgano de fiscalización y control que la misma ley crea, la
A.F.S.C.A. – Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual – y
todos sus estamentos deben establecer los mecanismos para que el espíritu
democrático y el sentido de horizontalidad de las voces se vea plasmado en la cotidianeidad
de los argentinos y no en la letra de los artículos o de la propia ley.
Una vez en plena vigencia de la ley 26.522 las autoridades gubernamentales
tendrán la oportunidad definitiva de poner los medios y mecanismos de
comunicación al servicio y beneficio de su único propietario: El Pueblo
Argentino. Haciendo cumplir una ley que es vanguardia de las democracias del
mundo. Se habrá conseguido entonces plena soberanía comunicacional, herramienta
absolutamente necesaria a la hora de recuperar todas y cada una de nuestras
soberanías y devolver al pueblo los recursos enajenados durante 520 años.
Si así no lo hicieren, el pueblo se los demandará.
Sólo el pueblo salvará al pueblo.
*Periodista. Miembro de
COMUNA. Director de Cazadores de Zonceras Espacio abierto de Comunicación
popular y democrático http://cazadoresdezonceras.blogspot.com
www.kikedordal.com.ar
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