Virtudes y dilemas de las Políticas de
Comunicación en la Argentina
de la LSCA
Por Santiago Marino*
(especial para La Tecl@ Eñe)
El sistema de medios de radiodifusión Argentina se ha caracterizado,
históricamente, por su estructura privada y comercial, con acciones estatales
que tendieron, en la mayor parte de los procesos, a beneficiar esta lógica.
Desde el advenimiento de la democracia, la ley de radiodifusión fue modificada
para permitir la creación de conglomerados, permitir el ingreso de capitales
extranjeros y reforzar el sistema basado en la búsqueda lucro. El resultado muestra
que la concentración de propiedad de los medios creció de manera constante, y
cada nuevo gobierno reforzó la estructura heredada.
Luego del estallido de la crisis de 2001 que implicó el final del gobierno
de la Alianza ,
la gestión de Eduardo Duhalde mantuvo en la radiodifusión las condiciones que
derivaron en beneficios a los privados, aunque los mayores efectos de su
implementación en el marco regulatorio se materializó después de la entrega del
mando a Néstor Kirchner y durante su mandato hasta 2008, cuando cambió la
lógica al menos en la regulación.
Por diversas razones (sobre las
que aun se discute en profundidad) desde 2008 el gobierno de Cristina Fernández
de Kirchner y los grandes grupos de comunicación (fundamentalmente el Grupo
Clarín) sostienen un enfrentamiento muy visible, cuya cima se produjo a partir
de la aprobación de la Ley
de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) 26522/09, que habilitó la
transición a un cambio de lógica en el modo de discusión y sanción, establece
límites a la concentración de propiedad de los medios y propone nuevas
condiciones en la producción de contenidos audiovisuales.
Como elementos más importantes de la nueva, se reconocen tres tipos de
actores diferentes, uno de los cuales es el no comercial, caracterizado de modo
amplio e incluyente, sin caer en el error de hacer lista de tipos de medios no
comerciales, que pueden dejar afuera alguno que debería incluir.
A su vez, la reserva del 33% en todas las bandas y en todas las frecuencias
es el avance más relevante, sumado a los argumentos que sustentan dicha
decisión (su posibilidad de autonomía respecto de los poderes económicos y
políticos. A esto se puede agregar la posibilidad de otorgar licencias de modo
directo a emisores de baja potencia en zonas de no conflicto, que podría
acelerar el proceso de inclusión de emisores comunitarios.
Por otro lado, la inclusión de nuevos límites a la concentración y el
avance en la estructura (no aun en su gestión) de los organismos de aplicación
y control (AFSCA, Consejo Federal, Comisión Bicameral) son aspectos destacables
(sobre estos temas, ver más en http://www.perio.unlp.edu.ar/oficios/documentos/pdfs/oficios_25.pdf
)
Desde su sanción, la LSCA
nunca se aplicó plenamente: Desde 2009 hasta 2011 primó la reacción de los
grandes grupos concentrados para frenar la ley (y la permeabilidad de algunos
sectores judiciales), en segundo lugar la falta de decisión integral del
gobierno y en último término el rol de la mayoría de los partidos de oposición,
que tomaron como propia la agenda de los grupos concentrados y deslegitimaron la LSCA con sus acciones. De
2011 en adelante los factores se alternan, prima la reducción que el gobierno
realizó de la norma al “pack Clarín”, se mantuvo el accionar de sectores
judiciales demorando las decisiones en torno a las cautelares, mientras que la
oposición cambió su estrategia pero fue incapaz de generar efectos, como
constituir la Bicameral
y nombrar sus directores en la
AFSCA.
Luego de este periplo y en medio de una disputa que también fue discursiva
(con los spots sobre el 7D, a favor y en contra, sus sesgos y la desinformación
por parte de los actores privados) asistimos a jornadas que parecieran ser
definitorias, y quizás no lo sean. Pero que se superponen como jugadas de una
partida de ajedrez, aunque con tres actores intervinientes: el gobierno, el
grupo Clarín y distintos fueros judiciales: la sala 1 en Civil y Comercial, el
Contencioso Administrativo y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). En mayo de
2012 la sentencia de la CSJN
resolvió que el 7 de Diciembre vencía el plazo de 36 meses durante el cual el
Grupo Clarín estuvo exceptuado de desinvertir (el resto de los grupos debería
haberlo hecho a partir del 22 de diciembre de 2011). El jueves 6 la Sala 1 Civil y Comercial
extendió la cautelar, luego el juez Alfonso (Contencioso Administrativo) falló
a favor de la
Constitucionalidad de los artículos 41 y 161 denunciados por
Clarín, y por estos días esperamos la definición de la CSJN.
Desde entonces Clarín y todos los grupos que superan
los máximos propuestos deberían adecuarse, es decir, presentar un plan de
desinversión razonable, y no una lista de testaferros que se quedarán con el
control operativo de esas empresas.
La aplicación sesgada genera una serie de cuestiones pendientes que se
suman a los aspectos que la ley no resolvió. Están en veremos los aspectos más
importantes, como garantizar la reserva del espectro, otorgar licencias a
operadores sin fines de lucro donde el espectro está saturado por emisores
comerciales, diseñar el Plan Técnico de Frecuencias para conocer el mapa del
espectro, dar cuenta de los resultados del censo realizado en 2010 para saber
cuántos emisores existen y cuántas frecuencias hay disponibles. Por otro lado,
la demora en la apertura al otorgamiento de licencias a las cooperativas de
varias ciudades que podrían ofrecen de modo inmediato el servicio de televisión
por cable con calidades óptimas y a precios más competitivos que los operadores
comerciales, sobretodo en ciudades donde existe un sólo operador y pertenece a
un grupo oligopólico.
Por último, pero no menos importante, la elaboración de pliegos específicos
para el sector que los interpele como organizaciones sin fines de lucro, que
den cuenta de sus vínculos con las comunidades que integran, que avalen y
reconozcan su capital social es central, y aún es una demanda sin
respuesta. Desde mi perspectiva, casi
todas las cuestiones no aplicadas no devienen de errores del texto de la ley
–que es mejorable, como todas las normas- sino de la aplicación sesgada, resultado
de decisiones políticas y de la intervención de otros actores, como ya ha sido
planteado.
Otros desafíos quedaron por fuera de la norma, como la cuestión de la
convergencia digital, la convergencia, la TV Digital y los modelos de sustentabilidad. En la Maestría en Industrias
Culturales (UNQ) hablamos del dilema con la pregunta: Quién paga la cuenta?
A partir de ahí, una cuestión a evaluar a largo plazo -y para abrir el debate-
es si este es un tema que la ley debe resolver eso. Creo que es mejor un
paquete de medidas, que integren una política pública, entre las que deberían
incluirse la regulación sobre publicidad oficial, planes de financiamiento por
concursos parecidos a los del cine, entre otros. A corto plazo, esa pregunta
hoy tiene respuesta: la cuenta la paga el Estado (por decisión del gobierno),
con publicidad oficial destinada en forma discrecional y fondos de fomento que
implementa el INCAA junto al Ministerio de Planificación. El problema es que
eso no genera una industria sustentable, y ata al humor del gobierno una fuente
de financiamiento central.
Varias preguntas muy actuales resultan difíciles de responder. Es complejo
imaginar quiénes serán los actores interesados en comprar los medios (radios AM
y FM, algún canal de TV abierta en Buenos Aires) que deben vender los grupos
que se exceden. Otra cuestión es saber
qué pasará el día después (que ya no es el 8 de diciembre, sino alguno de
2013). Esta es la pregunta por la aplicación efectiva de la LSCA , por el funcionamiento
del sistema de medios en un nuevo paradigma regulatorio, y por la
sustentabilidad de los medios, en un escenario de cambio constante. Argentina
hoy tiene 3 políticas para industrias culturales (la de Cine, la de TDT y la de
Ley de medios) con 3 agentes estatales diferente (INCAA, Ministerio
Planificación, AFSCA) que trabajan paralelamente temas que deberían ser
pensados y gestionados de modo integral, y en relación con el sector privado
comercial y sin fines de lucro. Una Política de Estado, digamos.
* Mg Santiago Marino-
Coordinador Académico Maestría en
Industrias Culturales (UNQ)
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